ROL DEL FONOAUDIOLOGO EN EL TRABAJO CON MINORIAS
El fonoaudiólogo es un profesional de la salud especializado en la comunicación humana, lo que incluye la voz, el habla, el lenguaje, la audición y la deglución.
Su labor abarca desde el desarrollo infantil hasta la rehabilitación de adultos mayores, pasando por el acompañamiento a personas trans en procesos de feminización o masculinización vocal.
Diagnóstico y tratamiento de disfonías (alteraciones vocales).
Rehabilitación postquirúrgica de cuerdas vocales.
Entrenamiento vocal para profesionales de la voz (docentes, cantantes, locutores).
Feminización o masculinización vocal en personas trans, adaptando tono, resonancia y expresividad.
Estimulación del lenguaje en niños con retrasos o trastornos del desarrollo.
Tratamiento de afasias en adultos (pérdida del lenguaje por daño cerebral).
Intervención en trastornos del lenguaje escrito y oral.
Evaluación de la capacidad auditiva.
Rehabilitación en personas con pérdida auditiva.
Adaptación y seguimiento de audífonos o implantes cocleares.
Diagnóstico y tratamiento de disfagia (dificultad para tragar).
Rehabilitación en pacientes con enfermedades neurológicas o postquirúrgicas.
Diseño de sistemas aumentativos o alternativos de comunicación para personas con discapacidades severas.
Apoyo en el uso de tecnología para comunicarse (tabletas, pictogramas, software especializado).
En Colombia, la fonoaudiología combina conocimientos de medicina, psicología, lingüística, pedagogía y neurociencia. El profesional egresa con capacidad para evaluar, diagnosticar, intervenir y prevenir alteraciones en la comunicación humana.
El fonoaudiólogo también cumple un rol clave en el acompañamiento a personas trans, especialmente en la feminización o masculinización de la voz. Este proceso no solo busca modificar el tono vocal, sino también ayudar a que la persona se sienta cómoda, segura y reconocida en su identidad. Es un trabajo técnico, emocional y profundamente humano.




Una de mis amigas de último año de Colegio, se presentaba a la Universidad de los Andes, para ingresar al programa de Derecho. Con excelente formación académica y muy buenas notas, logró acceder a la entrevista, último requisito para el ingreso.
- ¿Defendería usted, siendo abogada, prestigiosa, egresada de esta Universidad, a Gonzalo Rodríguez Gacha?.
Terminaba la década de los ochenta y un río de sentimientos encontrados corría por las venas de la sangre colombiana.
- Si. Dijo ella sin titubeos. Como abogada, representaré a todo el que acuda en mi defensa. Hoy en día es una prestigiosa abogada, con su propia firma y su conocimiento, sumado a su calidad humana, le permiten tocar las grandes esferas del reconocimiento.

No debe existir ninguna diferencia en cuanto al rol del Terapeuta del Lenguaje en su trabajo con las minorías. Debemos, desde nuestra ética, asumir un papel incluyente para que todos puedan acceder a los servicios de Terapia en los procesos de intervención, diagnostico y tratamiento. En el caso específico de población transexual, estudios realizados detectan la necesidad entre los profesionales de la Comunicación, de promover una solución de manera que se atienda con urgencia esta población.
A través de un estudio denominado “Speech-Language Pathologists' Knowledge and Attitudes Regarding Lesbian, Gay, Bisexual, Transgender, and Queer (LGBTQ) Populations” (Conocimiento y actitudes de los Terapeutas del Lenguaje respecto a poblaciones Lesbiana, homosexuales, bisexuales, transgénero y minorías no heterosexuales”),1. se revelan los resultados de una encuesta aplicada en línea, a 279 Terapeutas del Lenguaje de 4 países.
Las conclusiones a las que llega este estudio son las siguientes:
Existe una gran necesidad de promover la competencia cultural del Terapeuta del Lenguaje en la población LGBTI, comenzando por impartir el conocimiento formativo de esta población.
La competencia cultural implica la capacidad para ofrecer servicios con la debida consideración, conocimiento y respeto a las creencias culturales, comportamientos y necesidades del paciente2.

Tener conocimiento de una cultura no constituye implícitamente competencia, aunque es un buen comienzo. El desarrollo de la competencia cultural ha sido conceptualizada en una serie de etapas: la conciencia (es decir, el conocimiento), la sensibilidad (es decir, actitudes), competencia (es decir, habilidades) y el dominio (es decir, la capacidad para entrenar a otros.3. La conciencia cultural, tal como la comprensión de la terminología asociada a un grupo, puede progresar a la sensibilidad cuando se da forma a una comprensión más profunda y actitudes apropiadas y un compromiso con la eliminación de las desigualdades. Conocimientos y actitudes son ambos precursores de la competencia cultural, lo que se demuestra por el respeto y la confianza de ser individuos de una cultura particular.
Los patólogos del habla-lenguaje tienen su principal competencia cultural para las personas con discapacidades de comunicación ya que se tratan directamente en programas de educación profesional, rutinariamente.
La competencia cultural relacionada con la discapacidad de sujetos de otras razas, etnias, religión, género y orientación sexual son importantes también pero menos intrínsecos a la profesión. Adicionalmente cada sujeto atendido debe considerarse una cultura, no solamente los de un grupo minoritario.
La oficina de asuntos multiculturales de la ASHA (OMA), mantiene una política de impartir conocimiento a través de documentos que contienen una lista de conocimientos y habilidades relacionados con la sensibilidad, la promoción y la prestación de servicios en los trastornos de la comunicación y la diferencia de áreas. Por lo tanto, los Terapeutas del Lenguaje deben desarrollar la competencia cultural en las áreas en las que la carecen y un punto de partida ha de se incluir intencionadamente todos estos contextos culturales en la formación profesional.
Un ejemplo de promoción de conciencia y de conocimiento como paso fundamental hacia la competencia cultural en un área particular, es la atención en las Poblaciones (LGBTQ) (LGTBI) lesbianas, gais, transgénero, bisexuales.4.
Desde la ASHA se ofrecen recursos para la evaluación y el desarrollo de la competencia cultural, incluyendo programas de estudio para asuntos multiculturales / multilingüe. La OMA incluye raza, etnia, nacionalidad, cultura, lengua, dialecto, género, identidad de género, edad, orientación sexual, nivel socioeconómico, religión, etc. Sin embargo, la gran mayoría de los recursos y de los proyectos financiados en este sitio web están relacionados con el bilingüismo y las minorías raciales y étnicas. Lo anterior significa que las minorías LGTBI son las menos tratadas.
De este estudio publicado por la ASHA, y que no es el único de su género, se sugiere que los Terapeutas del Lenguaje deben incrementar la competencia cultural en relación con la población LGTBI puesto que es una población potencialmente necesitada de la intervención y conocimientos profesionales.
El rol del Fonoaudiólogo, Terapeuta del Lenguaje en los procesos de evaluación, diagnóstico e intervención en la población transexual, es un rol dinámico, activo. Debe hacer parte del equipo interdisciplinario que contribuirá al progreso de pacientes en transición de un género a otro. Las personas transgénero acudirán al Fonoaudiólogo, como parte de un proceso de rehabilitación, buscando que se le ayude a utilizar su voz de una manera “segura”. Nosotros le llamaremos el incremento de las habilidades vocales en su nuevo rol de sexo contrario al que tenía.
El Fonoaudiólogo está en la obligación de ofrecerle un entrenamiento vocal con énfasis en el bienestar comunicativo del sujeto y propender, obviamente, por su bienestar social. El trabajo del Terapeuta estará encaminado hacia gran variedad de aspectos de la comunicación, el tono de la voz, la entonación, resonancia y comunicación no verbal, entre otros.
Debe iniciarse con un proceso de evaluación que consiste en la recopilación de la información que caracteriza al sujeto; una anamnesis que contemple la historia clínica, antecedentes clínicos, emocionales, psicológicos, sociales y culturales y la evaluación de la voz y del lenguaje. Importante descartar la presencia y con la dirección del Otorrinolaringólogo, la presencia de pólipos y eliminar cualquier comportamiento vocal abusivo que pueda conducir a nódulos en los pliegues vocales y otros problemas de la voz.




Ell fallo más conocido se da través de la Sentencia T-918/12, que trata los apartados de: Derecho a la Identidad Sexual, Derecho a la Salud de la personas Trans, Derecho a la salud y su relación con la identidad sexual -Caso de las personas Trans, Modificación del registro civil por cambio de sexo, Modificación del sexo en el documento de identidad, Solicitud relativa a la reasignación de sexo y procedimientos complementarios y, en nuestro caso el más resaltable hecho: “SOLICITUD RELATIVA A LA REASIGNACION DE SEXO Y PROCEDIMIENTOS COMPLEMENTARIOS- Orden a EPS de programar y fijar fecha para intervención de reasignación de sexo y valorar los procedimientos de feminización de la voz 5, feminización facial, depilación láser y liposucción, la Corte Constitucional ordena a la EPS Aliansalud, realizar la cirugía de cambio de sexo a Julián Sneider Clavijo, de mujer a hombre. Si bien es cierto que no es la primera vez que a través de una sentencia se ordena este procedimiento, si lo es que por primera vez se decreta acompañamiento integral, total, general por parte del equipo interdisciplinario, tal como se muestra en el numeral 7.2.3:
7.2.3. Ahora bien, respecto a los procedimientos de feminización de la voz, feminización facial, depilación láser y liposucción que la accionante solicitó en el escrito de tutela, la Sala encuentra que de los hechos narrados por la accionante, así como de los medios probatorios aportados al expediente, no se evidencia que la actora haya acudido a la entidad accionada con el fin de adelantar el procedimiento necesario para que dichos servicios fueran autorizados, en caso de tener fundamento en sólidas razones de salud y no meramente estéticas.
Por ello, la Corte ordenará que la accionante sea evaluada y calificada por el personal médico de la E.P.S. y, consecuencialmente, les sean suministrados los tratamientos clínicos idóneos e irremplazables para atender sus condiciones médicas. Se advertirá que el concepto emitido por Aliansalud E.P.S. deberá estar fundamentado en criterios médico-científicos y en ningún caso en argumentos de tipo administrativo.
Y en cuya decisión resuelve:
Tercero. ORDENAR a Aliansalud E.P.S. que, en el término de las cuarenta y ocho (48) horas contadas a partir de la notificación de esta providencia, convoque una junta médica, la cual deberá valorar los procedimientos de feminización de la voz, feminización facial, depilación láser y liposucción, con el fin de determinar su idoneidad, con fundamento en sólidas razones de salud y no meramente estéticas... (6)
DERECHO A LA IDENTIDAD SEXUAL. El objeto del debate circunscrito a la identidad sexual de la persona refiere directamente a lo que ella considera en su fuero interior y a lo que pretende exteriorizar hacia sus semejantes. Entonces, cobra vital importancia la salvaguarda de sus derechos fundamentales al libre desarrollo de la personalidad, a la autodeterminación y la dignidad humana, por cuanto el Estado no puede interponer barrera alguna para que el individuo decida su desarrollo vital, su modo de ser y su condición sexual.
DERECHO A LA SALUD DE LAS PERSONAS TRANS. Este Tribunal ha considerado que la salud no se limita al hecho de no estar enfermo, sino que comprende todos los elementos psíquicos, mentales y sociales que influyen en la calidad de vida de una persona. Por consiguiente, todas las personas deben estar en condiciones de intentar al restablecimiento de su salud bajo criterios de calidad, eficacia y oportunidad.
DERECHO A LA SALUD Y SU RELACION CON LA IDENTIDAD SEXUAL-Caso de las personas trans. No es inusual que las autoridades de salud limiten el acceso al servicio a las personas trans con base en su apariencia diversa, su identidad legal o el conocimiento de que hacen parte de dicha minoría. Precisamente, diversos estudios han encontrado que estas personas, ante la dificultad de recibir las prestaciones de salud que requieren y la desesperación por lograr su bienestar, deciden no recibir atención médica a sus problemas o buscar alternativas al Sistema de Seguridad Social formal. Esta última opción genera consecuencias perversas puesto que lleva a que los pacientes consuman altos niveles de hormonas sin supervisión o se practiquen cirugías en clínicas informales. Se considera que las autoridades no le han dado importancia a la protección del derecho a la salud de las personas trans, que requieren prestaciones específicas. Esta circunstancia ha llevado a que su salud física y mental pasen desapercibidas por las entidades encargadas de velar por su cuidado, en detrimento del bienestar general de dicha comunidad.7.





2. (Centers for Disease Control and Prevention, National Prevention Information Network, 2008
3. Turner, K., Wilson, W. L., & Shirah, M. K. (2006). Lesbian, gay, bisexual and transgender cultural competency for public health practitioners. In Shankle, M. D. (Ed.), The handbook of lesbian, gay, bisexual, and transgender public health: A practitioner's guide to service (pp. 59–83). New York, NY: Harrington Park Press.
4. Masiongale, T. (2009). Ethical service delivery to culturally and linguistically diverse populations: A specific focus on gay, lesbian, bisexual, and transgender populations. Perspectives on Communication Disorders & Sciences in Culturally and Linguistically Diverse Populations, 16(1), 20–30.
5. http://corteconstitucional.gov.co/relatoria/2012/t-918-12.htm
6. Sentencia completa en http://corteconstitucional.gov.co/relatoria/2012/t-918-12.htm
7. http://corteconstitucional.gov.co/relatoria/2012/t-918-12.htm
DIANA CLAUDINE FLOREZ PAEZ
Fonoaudióloga con Maestría en Logopedia Clínica y Escolar, con más de veinticinco años de experiencia en la comunicación humana.
Investigadora en la voz normal y patológica y en el rol del fonoaudiólogo en el trabajo con minorías con el objetivo de potenciar las habilidades comunicativas orales.
También investigo en la población transexual, enfocándome especialmente en la feminización de la voz. La información presentada en este portal es el resultado de un riguroso proceso que combina investigación y mi experiencia profesional.
ASHA INTERNATIONAL MEMBERSHIP
fonoaudiologiacolombia@hotmail.com
Derechos reservados.
Puedes usar el contenido citando la fuente: FONOAUDIOLOGIA COLOMBIA FEMINIZACION DE VOZ
FONOAUDIOLOGOS ESCRITORES
DERECHOS RESERVADOS FEMINIZACIONDEVOZ.COM